Las 10 ayudas y subvenciones más importantes para emprender en España

¿Pensando en emprender en España?  En ese post vamos a ver cuáles son las principales ayudas y subvenciones para emprendedores en España.

Sin duda de entre las innumerables dificultades  implícitas en el proceso de crear una nueva empresa encontrar financiación es la mayor de todas. La ausencia de recursos se acaba convirtiendo en la principal pesadilla de muchos potenciales emprendedores que se acaban echando atrás por la escasez de financiación. En este punto juegan un buen papel las ayudas y  subvenciones para emprender en España al proporcionar recursos a estos futuros empresarios.

Aún con todo el emprendedor no debería contar con ellas al preparar su plan de vialidad económico-financiera ya que su concesión depende del cumplimiento de unos determinados criterios y la ayuda puede demorarse en el tiempo (o no llegar a recibirse nunca).

Las subvenciones para emprendedores son convocadas anualmente (aunque los criterios no suelen variar sustancialmente) por el propio Estado, las Comunidades Autónomas, las entidades locales etc. y se clasifican por sector de actividad. En este post nos vamos a centrar únicamente en el apoyo estatal que se ofrece para emprender…. ¡Comencemos!

1.-El Pago Único por Desempleo

El Pago Único por Desempleo (también conocido como Capitalización del Desempleo) es la primera subvención para emprendedores que vamos a analizar. Esta ayuda tiene como objetivo facilitar el arranque de proyectos emprendedores orientados al autoempleo. Para cobrarla hay que cumplir los siguientes requisitos:

  1. Tener reconocida una prestación por desempleo del nivel contributivo. Se debe tener en cuenta que los subsidios y ayudas, como por ejemplo mayores de 55 años, RAI o PAE, no dan derecho a la capitalización.
  2. Una vez hecha la solicitud, tener pendiente de percibir tres meses de prestación.
  3. En los 4 años anteriores a la solicitud, no se debe haber obtenido ningún pago único de prestación por desempleo.
  4. En caso de iniciar una actividad en una sociedad laboral o cooperativa, debe hacerse como socio trabajador o trabajo de carácter estable, no temporal.
  5. No haber iniciado la actividad antes de la fecha en que se presenta la solicitud.
  6. Si hubiera impugnado el cese de la relación laboral, la solicitud se debe presentar después de que se haya resuelto el procedimiento correspondiente .
  7. No haber compatibilizado la prestación por desempleo o haber sido autónomo en los 24 meses anteriores.
  8. Es obligatorio iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde el cobro de esta prestación.
  9. En el caso de entrar en una sociedad creada durante los 12 meses anteriores, no podrá ser una entidad con la que se haya tenido una relación laboral o se haya tenido con alguna empresa del mismo grupo.

2.-Ayudas para jóvenes emprendedores

Con un desempleo juvenil superior al 50% y una dificultad añadida para acceder al crédito parece obvio que los jóvenes reciban un apoyo adicional para emprender en España. Entre estas ayudas destaca el Préstamo Participativo de Creación de Empresas para Jóvenes de Enisa (Empresa Nacional de Innovación). Se establecen los siguientes requisitos:

  1. Ser una pyme y estar constituida como sociedad mercantil, como máximo en los 24 meses anteriores a la solicitud.
  2. Desarrollar la actividad principal y domicilio social en el territorio nacional.
  3. Tener un modelo de negocio innovador o con claras ventajas competitivas sin estar enmarcada en el sector inmobiliario o financiero.
  4. Edad inferior a los 40 años.
  5. Las aportaciones mínimas de los socios vía capital/fondos propios, al menos debe ser del 50% del préstamo concedido.
  6. El proyecto empresarial debe ser viable, y se deben presentar las cuentas del último ejercicio cerradas y depositadas en el Registro Mercantil.

Enisa es una empresa pública que participa activamente en la financiación de proyectos empresariales viables e innovadores a través de préstamos participativos para cualquier tipo de empresa de nueva creación. Podrás ver los requisitos y condiciones aquí.

Además, te recomendamos este Webinar sobre las nuevas formas de financiación para emprendedores.

3.-Ayudas paras mujeres emprendedoras

Uno de los recursos más interesantes para apoyar a mujeres emprendedoras es el Programa de Apoyo Empresarial a las Mujeres (PAEM). A través de este servicio se ofrece asesoramiento y acompañamiento especializado a todas las mujeres que quieren emprender en España. Pero veamos las ayudas más interesantes existentes para mujeres emprendedoras.

  • Tarifa Plana: La tarifa plana de 50 euros es general a todos los nuevos autónomos. Pero en el caso de las mujeres pero encontramos alguna particularidad. Por ejemplo, mujeres con menos de 30 años que se den de alta, tendrán una bonificación del 30% sobre la cuota de contingencias comunes. Por otro lado, en caso de que ya se haya sido autónoma pero se paró la actividad por causas de maternidad, cuando se quiera volver a la actividad, si se hace dentro de los dos años siguientes a la fecha que se paró la actividad, tendremos derecho a una nueva bonificación.
  • Microcréditos otorgados por el Ministerio de Igualdad. Las condiciones de este tipo de financiaciones son muy atractivas. Por ejemplo, no necesitan presentar aval aquellos proyectos calificados como viables. Pueden optar a estas ayudas todas las mujeres dispuestas a emprender y que presenten dificultades de acceso a la financiación (o que no posean aval).
  • El Instituto de la Mujer ofrece numerosas ayudas a las mujeres que desean emprender como, por ejemplo, asesoramiento técnico y financiero.

4.-Ayudas a la innovación

En un país claramente dominado por actividades económicas de escaso componente tecnológico parece razonable que una parte de las ayudas económicas al emprendimiento estén orientadas a fomentar las actividades tecnológicas. El Ministerio de Economía y Competitividad ofrece un apoyo que como emprendedor puede interesarte: Una reducción fiscal entre el 35% y el 60% para aquellos proyectos orientados a la investigación y el desarrollo tecnológico.

5.-Ayudas y subvenciones para empresas de base tecnológica

  • 5.- EBT: Está pensado para apoyar a empresas de base tecnológica (EBT) de carácter innovador. En este caso se exige una mayor precisión en el plan de negocio.
  • 6.- NEOTEC: Las ayudas del Programa Neotec financian la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora, en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología.
  • 7.- INNVIERTE: El Programa Innvierte forma parte de la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y de Innovación 2013-2020. Esta estrategia también tiene el fin de promover la innovación empresarial mediante el apoyo a la inversión de capital riesgo en empresas de base tecnológica o innovadoras.

6.-Ayudas y subvenciones de las comunidades autónomas

Cada comunidad autónoma gestiona ayudas y subvenciones para la creación y modernización de empresas innovadoras. Se trata de una subvención entre el 15% y el 40% de la inversión destinada a empresas innovadoras. Para saber los programas disponibles deberás contactar con la Consejería encargada en tu Comunidad Autónoma.

7.-Ayudas con Business Angels

Los inversores, fondos privados y los llamados business angels son una buena opción para la financiación de los emprendedores. Un Business Angel aporta dinero, experiencia o una combinación de estos factores es lo que se denomina “smart money” porque te pueden aportar contactos, conocimiento y muchas cosas más. Pero debes saber que a través de la ley de emprendedores hay importantes ayudas y deducciones para ellos y si se lo explicas puedes ser de ayuda para lograr su apoyo. Por ejemplo podrán deducir de su declaración de la renta un 20% hasta 50.000€ además de que algunas comunidades autónomas añaden un ahorro fiscal extra en el tramo autonómico.

8.-Ayudas en la internacionalización

Otra de las asignaturas pendientes de nuestro país sin duda es el comercio exterior.  El Instituto de Comercio Exterior ofrece ayudas a aquellos emprendedores que quieran lanzarse a conquistar el mercado exterior.

Como ves las ayudas estatales ponen un poco más a nuestro alcance el sueño de llegar a emprender en España pero si no dispones de una formación base tu proyecto tendrá menos probabilidades de llegar a buen puerto. En IEBS ponemos a tu alcance la formación para convertirte en un emprendedor que necesitas… ¡Pulsa el enlace si quieres más información!

9.-Bonificaciones para Autónomos

A partir del 1 de enero de este 2018 ya podemos disfrutar de las nuevas bonificaciones que nos aporta la reforma de la Ley de Autónomos. Encontramos mejoras en la tarifa plana, la cotización, el aplazamiento del IVA, la conciliación de la vida laboral con la familiar, entre muchas otras. En este post puedes ver todos los cambios y modificaciones que ha padecido esta Ley, y de las cuales ya podemos beneficiarnos.

10.-Ayudas o Préstamos ICO

Estos préstamos nos permitirán financiar proyectos de inversión así como, poder garantizar una liquidez ya seamos autónomos o una empresa. El importe máximo por cliente será de hasta 12,5 millones de euros. Estas son las condiciones y requisitos que debemos tener en cuenta a la hora de optar a este tipo de préstamo:

¿Qué podemos financiar?

  • Liquidez
  • Inversiones dentro del territorio nacional:
  • Activos fijos productivos nuevos o de segunda mano (IVA incluido).
  • Vehículos turismos, cuyo importe no supere los 30.000 euros más IVA.
  • Adquisición de empresas.
  • Liquidez con el límite del 50% de la financiación obtenida para esta modalidad de inversión.
  • Rehabilitación de viviendas y edificios.
  • Modalidad: préstamo/leasing para inversión y préstamo para liquidez.
  • Tipo de interés: fijo o variable.
  • Plazo de amortización y carencia: Si se financia 100% liquidez: 1, 2, 3 y 4 años con la posibilidad de 1 año de carencia. Si se financia inversión: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 12, 15 y 20 años con hasta 2 años de carencia.
  • Comisiones: la Entidad de Crédito no puede cobrar comisión, salvo por amortización anticipada.
  • Garantías: a determinar por la Entidad de Crédito con la que se tramite la operación salvo aval de SGR/SAECA.

¿Qué te ha parecido el artículo? Si conoces alguna ayuda para emprender en España y deseas compartirla con nosotros… ¡No lo dudes!

Fuente: http://bit.ly/2BBNsG3